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Sociedades Propietarias de Tierras
Definición:
Son sociedades mercantiles que se constituyen para producir, transformar o comercializar productos agrícolas, ganaderos o forestales en tierras adquiridas en propiedad, cuya extensión no excedan veinticinco veces al de la pequeña propiedad.
Términos genéricos:
Sociedades Mercantiles
Tenencia de la Tierra
Término relacionado:
Pequeña Propiedad
Microtesauro:
Derecho
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