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Intereses Colectivos (Derecho)
Definición:
Derecho colectivo es un derecho que pertenece a un grupo específico de personas relacionadas entre sí o con la contraparte debido a una relación jurídica.
Usado por:
Derechos Colectivos
Términos genéricos:
Acciones Colectivas
Derechos Humanos
Término relacionado:
Protección del Consumidor
Microtesauros:
Derecho
Economía
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