Artículo:

Régimen intermedio no aplica a honorarios No se deben presentar los avisos al RFC cuando el régimen no cambia A quienes perciben ingresos por honorarios no les será necesario presentar aviso al RFC por su cambio al régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales Tarjetas electrónicas para el pago de impuestos Clausura de establecimientos por remisiones de mercancía sin requisitos fiscales Tasa de ISR anual y en pagos provisionales Declaración de IVA en un solo formulario cuando se tributa en dos regímenes fiscales Reglas y etiquetado de discos para efectos de la información que se proporciona a la autoridad hacendaria como parte de los requisitos para una devolución o compensación de IVA

Página:

17

Publicación:

Notas Fiscales

Número:

78

Año:

7

Periodo:

Mayo 2002

ISSN:

14052598

SrcID:

14052598-2002-05.txt