Los miembros de la Compañía de Jesús no tienen, ni han portado un hábito oficial, pero las Constituciones instruyen los siguientes lineamientos en su Parte Sexta (De lo que toca a los ya admitidos o incorporados en la Compañía cuanto a sí mismos), capítulo 2° (De lo que toca a la pobreza y cosas consiguientes a ella), párrafo 577: "Asimismo el vestir tenga tres partes: una que sea honesto; otra que se acomode al uso de la tierra donde se vive; otra que no contradiga a la profesión de la pobreza.