Nota de alcance: No confundir con Derecho Eclesiástico. El Derecho Canónico alude a la regulación interna de la propia Iglesia y de sus miembros en tanto que tales, mientras que el Derecho Eclesiástico norma la actuación de la Iglesia, y más en general de las religiones, como instituciones sociales con una determinada relación con el Estado.