Compensación (Derecho)

Nota de alcance: Implica que cada uno de los obligados lo es de modo principal y, a la vez, es acreedor principal del otro. De modo que son mutuos deudores y acreedores. De no ser así, no se habla de compensación, sino de indemnización.

Término genérico:
Microtesauro:
  • Derecho