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Derecho Marítimo
Definición:
Conjunto de principios y normas de derecho público y privado, de orden nacional e internacional, que rigen las instituciones y las relaciones jurídicas nacidas de la circulación marítima o modificada por ella.
Nota de alcance:
Ver desarrollo bajo Derecho Internacional en el Tesauro de Derecho.
Usado por:
Derecho del Mar
Derecho Naval
Término genérico:
Derecho Internacional
Términos subordinados:
Accidentes Marinos - Aspectos Jurídicos
Arqueología Submarina - Aspectos Jurídicos
Conservación de Recursos Marinos - Aspectos Jurídicos
Contratos de Transporte Marítimo
Delitos a Bordo de Buques
Deportes Acuáticos - Aspectos Jurídicos
Derecho Naval Militar
Derecho Pesquero
Espacio Marítimo
Guerra Marítima
Investigación Oceanográfica - Aspectos Jurídicos
Libertad de Navegación
Marina
Nacionalidad de Barcos
Recursos Marinos - Aspectos Jurídicos
Salvamento Marino
Seguros Marítimos
Transporte Marítimo
Términos relacionados:
Derecho Aéreo
Derecho Mercantil
Ecología Marina
Tribunal de Derechos del Mar
Microtesauros:
Ciencias Ambientales
Ciencias de la Tierra
Ciencias Sociales
Derecho
Empresas, Industrias y Servicios
Organismos y Tratados
Política
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